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¡Se publica la Convocatoria estatal de ocupados 2016!

¡Buenas noticias para el sector! Hoy se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el extracto de la Resolución de 17 de agosto de 2016, de la Dirección General del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se aprueba la convocatoria del año 2016 para la concesión de subvenciones públicas para la ejecución de planes de formación, de ámbito estatal, dirigidos prioritariamente a trabajadores ocupados.

Convocatoria estatal de ocupados 2016

¿Quién puede participar?

Podrán ser beneficiarios y, por tanto, solicitar subvenciones para financiar la ejecución de los distintos tipos de planes de formación de ámbito estatal dos tipos de entidades:

  • Entidades de formación, públicas o privadas, con implantación en más de una Comunidad Autónoma o ciudad con estatuto de autonomía de los ámbitos previstos por la Comisión Paritaria u órgano de la negociación colectiva de ámbito estatal correspondiente, publicadas en la página web de la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo.
  • Agrupaciones previstas en el artículo 3.6 de la Orden TAS 718/2008, de 7 de marzo, con presencia en más de una Comunidad Autónoma o ciudad con estatuto de autonomía, constituidas por entidades de formación públicas o privadas, en los ámbitos previstos por la Comisión Paritaria u órgano de la negociación colectiva de ámbito estatal correspondiente, publicadas en la página web de la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo.

¿Cuál es el plazo para presentar solicitudes?

El plazo para la presentación de solicitudes será de 30 días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial del Estado (24 de septiembre de 2016).

¿Qué tipos de planes formación se pueden presentar?

Los centros de formación y entidades podrán acceder a la presentación de proyectos con planes de formación de los siguientes tipos:

  1. Planes de formación sectoriales: compuestos por acciones formativas dirigidas a la formación de personas trabajadoras de un sector productivo concreto, con el fin de desarrollar acciones de interés general para dicho sector y satisfacer las necesidades específicas de formación del mismo.
  2. Planes de formación intersectorial/transversal, dentro de los cuales se diferencian tres clases:
  • Planes de formación intersectoriales/transversales generales, compuestos por acciones formativas dirigidas al aprendizaje de competencias transversales a varios sectores de actividad económica o de competencias específicas de un sector, para el reciclaje y recualificación de trabajadores de otros sectores.
  • Planes de formación intersectoriales/transversales dirigidos a personas trabajadoras y socios de la economía social, siempre que aporten actividad económica.
  • Planes de formación intersectoriales/transversales dirigidos a trabajadores autónomos.

¿Quién puede participar en esta formación?

Los destinatarios serán prioritariamente trabajadores ocupados*, si bien la propuesta aprobada incluye la participación de hasta un 30% de trabajadores desempleados (inscritos como demandantes de empleo en los Servicios Públicos de Empleo de las Comunidades Autónomas y en el Servicio Público de Empleo Estatal en Ceuta y Melilla).

*Además, se consideran colectivos prioritarios los trabajadores de pymes, trabajadores de baja cualificación, mayores de 45 años, mujeres, desempleados de larga duración, personas con discapacidad, trabajadores con contrato a tiempo parcial y trabajadores con contrato temporal.

¿Cuál es el plazo de ejecución de los planes?

El plazo de ejecución de los planes de formación aprobados será de un año desde la fecha de notificación a los beneficiarios de la resolución de concesión de la subvención.

¿Quién financia?

El Ministerio de Empleo y Seguridad Social. Puedes consultar aquí la publicación oficial.

¿Cuál es la cuantía?

Los planes de formación que se desarrollen al amparo de la convocatoria se financiarán con cargo al crédito presupuestario del presupuesto de gastos del Servicio Público de Empleo Estatal 19.101.241A.482.50 por un importe de 142.285.550 euros y al crédito presupuestario 19.101.241A.482.55 por un importe de 7.714.450 euros para el ejercicio 2016 y de 100.000.000 de euros con cargo al crédito presupuestario 19.101.241A.482.50 para el ejercicio 2017.

 

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