¿Qué novedades fiscales nos depara el 2015?

María José Perez

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Los cambios fiscales para el año en curso, no afectarán de igual manera a los diversos impuestos del sistema tributario español. Dando unas pinceladas por cada uno de ellos, se observa que lo que para unos es una reforma fiscal profunda, para otros es simplemente una continuación del ejercicio anterior.
Reseñaremos las novedades de los impuestos más importantes, sin entrar en términos demasiado legislativos ni específicos.
Novedades IRPF
Los cambios en el IRPF buscan principalmente lo siguiente: menor presión fiscal para las rentas más bajas y autónomos, lo que se consigue disminuyendo la retención en este tipo de rentas; fomentar el ahorro, aplicando mayor neutralidad fiscal en aquellos productos que generen ahorro; y rebajar la carga tributaria de contribuyentes con mayores cargas familiares y discapacidades.
Para compensar estas rebajas no procede sino la reducción de incentivos, que hará que se mantenga la recaudación impositiva del impuesto más importante a estos efectos.
Si observamos la trayectoria del gravamen de rendimiento de trabajo 2012-2016, podemos ratificar lo indicado anteriormente:
Base liquidable general | Tarifa 2012-2014 |
Hasta 17.700 | 24,75% |
17.700 – 33.000 | 30% |
33.000 – 53.400 | 40% |
53.400 – 120.000 | 47% |
120.000-175.000 | 49% |
175.000 – 300.000 | 51% |
300.000 – En adelante | 52% |
Base liquidable general | Tarifa 2015 | Tarifa 2016 |
Hasta 12.450 | 20% | 19% |
12.450 – 20.200 | 25% | 24% |
20.200 – 34.000 (35.200) | 31% | 30% |
34.000 (35.200) – 60.000 | 39% | 37% |
60.000 – En adelante | 47% | 45% |
Lo mismo ocurre con la bajada de las retenciones sobre el capital mobiliario o con las bajadas de los rendimientos de actividades profesionales:
2014 | 2015 | 2016 | |
Capital inmobiliario | 21% | 20% | 19% |
Actividades profesionales | 21% | 19% | 18% |
Novedades IVA
Carece de novedades importantes para este nuevo ejercicio fiscal. Se busca únicamente incrementar la recaudación vía reducción del fraude fiscal. Los únicos cambios serán a nivel técnico, buscando mayor flexibilidad de requisitos y adaptar la Ley de IVA a la normativa europea. Pensemos que este impuesto fue el que más variaciones sufrió en años anteriores e incrementó su tipo de gravamen para aumentar la recaudación, lo que condujo a la pérdida de ahorro en las familias y empresas.
Cabe reseñar que a partir del 2015, se elimina la exención de IVA de los servicios de notarios y registradores por operaciones financieras, que pasan a tributar al 21% y cuyo importe sólo podrán deducir empresarios y profesionales que tengan derecho a la deducción.
Novedad importante, no para el 2015, sino para el 2017, será el Suministro Inmediato de Información (S.I.I.), que como características principales tendrá la generación de libros de IVA a través de la sede de AEAT así como plazo de 4 días para emitir y recibir facturas, among others.
Novedades Impuestos de Sociedades (ISS)
Como novedades podemos destacar: la simplificación y modificación de las tablas de amortización; se establecen nuevos deterioros y gastos que no serán deducibles (p.ej. pérdidas por deterioro de inmovilizado material); si la sociedad reparte dividendos, se declararán íntegramente en la renta de cada socio, anulándose la exención en renta para los primeros 1.500€; se suprime el límite de 18 años para compensar las bases imponibles negativas (pérdidas) de ejercicios anteriores; se eliminan algunas deducciones existentes hasta ahora como por ejemplo: fomento de las TIC, reinversión de beneficios extraordinarios, inversiones medioambientales y gastos de formación profesional; mientras se mantienen y elevan las deducciones por creación de empleo, sujetas a una serie de condiciones.
Pero como uno de los objetivos de la reforma es fomentar la competitividad e impulsar la internacionalización, no podía hacerse de otro modo que bajando los tipos de gravamen (reflejamos los tipos de las formas jurídicas más comunes):
TIPO DE SOCIEDAD | TIPO 2014 | TIPO 2015 | TIPO 2016 | |
Tipo general | 30% | 28% | 25% | |
Empresas de Reducida DimensiónLa cifra de negocio < 10M€ | Hasta 300.000€: | 25% | 25% | 25% |
Resto: | 30% | 28% | ||
MicroempresasCifra de negocio < 5M de eurosPlantilla < 25 empleados
Condiciones adicionales (empleo…) |
Hasta 300.000€: | 20% | 25% | 25% |
Resto: | 25% | |||
Entidades de nueva creación (creadas desde el 01/01/2013)A aplicar en el primer período con beneficios (BI < 0) y el siguiente; excepto que tributen a un tipo inferior | Hasta 300.000€: | 15% | 15% | 15% |
Resto: | 20% |
Fuentes de información consultadas:
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